miércoles, 12 de junio de 2013

Gral. Villegas Elije 8 Concejales en la próximas Elecciones


VISTO el expediente 2200-12.499/13, la Ley Nº 14.515, los artículos 58 y 191 inciso 1º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, lo normado por la Ley Electoral  5.109 (T.O. Decreto 997/93) y sus modificatorias, el Decreto-Ley Nº 6.769/58 –Orgánica de las Municipalidades- y modificatorias, la Ley Nº 14.086 y sus modificatorias, el Decreto  155/13 de convocatoria a elecciones generales y elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 14.515 sustituyó el artículo 284, del Capítulo XV, Disposiciones Complementarias, del Decreto-Ley  6769/58 y sus modificatorias – Orgánica de las Municipalidades- adecuando el número de concejales que elige cada uno de los Partidos que forman la Provincia de Buenos Aires según los datos del Censo 2010;
Que el artículo 58 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que la representación política tiene por base la población y con arreglo a ello se ejercerá el derecho electoral;
Que el artículo 191 inciso 1º de la Constitución Provincial establece que el número de miembros del Departamento Deliberativo se fijará en relación a la población de cada distrito;
Que mediante Decreto Nº 155/13 se convocó a elecciones generales y elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas para la selección de los candidatos a Senadores y Diputados Provinciales, Concejales y Consejeros Escolares que reemplazarán a aquellos cuyos mandatos expiran el 10 de diciembre del corriente año;
Que teniendo en consideración lo establecido por el artículo 66 de la ley Electoral Nº 5.109 se determinó la clase y cantidad de cargos a elegir;
Que, la ampliación del número de bancas en casos que corresponda, no vulnera los derechos de las asociaciones políticas -partidos provinciales y agrupaciones municipales-, instituciones fundamentales del sistema democrático que conforme al artículo 59 inciso 2º de la Constitución Provincial tienen competencia exclusiva para postular los candidatos a cargos públicos electivos, dado que aún no ha operado el vencimiento de los plazos legales para formalizar alianzas transitorias y presentar precandidatos para las elecciones primarias, que vencen respectivamente el 12 y el 22 de junio de 2.013;
Que por lo tanto, deviene necesario modificar la convocatoria realizada adecuando el número de concejales de acuerdo a lo establecido por el artículo 284 del Decreto-Ley Nº 6769/58 -texto según Ley Nº 14.515-; 
Que corresponde actualizar el número de bancas de los Concejos Deliberantes de los Municipios de Ayacucho, Balcarce, BaraderoBerisso, Bragado, Campana, Cañuelas,Chascomús, Colón, Coronel Brandsen, Del Pilar, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Florencio Varela, General Alvarado, General Alvear, General Las Heras, General Paz, General Rodríguez, General Villegas, José C. Paz, Junín, Laprida, Lincoln, Lobos, Luján, Maipú, Mar Chiquita, Marcos Paz, Monte, Monte Hermoso, Moreno, Necochea, La Costa, Patagones, Pinamar, Presidente Perón, Ramallo, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Vicente, Suipacha, Trenque Lauquen, VillaGesellVillarino y Zárate.
Que conforme establece el artículo 2 bis del Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias y a fin de mantener la duración del mandato de cuatro (4) años de cada concejal, en la primera elección siguiente a la publicación del censo de población se incorporarán la mitad de los concejales necesarios para alcanzar la nueva composición;
Que como se mencionara precedentemente con posterioridad al dictado del Decreto Nº 155/13 se sancionó la Ley Nº 14.515 que sustituyó el artículo 284, del Capítulo XV, Disposiciones Complementarias, del Decreto-Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias - Orgánica de las Municipalidades- adecuando el número de concejales que elige cada uno de los Partidos que forman la Provincia de Buenos Aires según los datos del Censo 2010;
Que en consecuencia, corresponde ampliar la convocatoria realizada por el artículo 1º del Decreto Nº 155/13 a efectos de adecuarlo a la norma recientemente sancionada;
Que se han expedido en sentido favorable la Dirección Provincial Electoral de la Subsecretaría de Gabinete del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno;
Que ha producido informe la Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Economía;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno; 
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144inciso 7º y concordantes de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; 
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1º - Ampliar la convocatoria realizada por el Decreto Nº 155/13 para renovar los Concejos Deliberantes conforme lo dispuesto por el artículo 284 del Decreto-Ley  6769/58, Texto según Ley Nº 14.515, y al artículo 2 bis del Decreto-Ley citado, de acuerdo al siguiente detalle:
1.- Distrito Electoral de Monte Hermoso elige cinco (5) Concejales titulares y tres (3) suplentes.
2.- Distritos Electorales de General Alvear, General Las Heras, General Paz, Laprida, Maipú, Roque Pérez y Suipacha eligen seis (6) Concejales titulares y cuatro (4) suplentes.
3.- Distritos Electorales de Ayacucho, Colón, Coronel Brandsen, Exaltación de la Cruz, Mar Chiquita, Monte, Pinamar, Saavedra, San Andrés de Giles y San Antonio de Areco eligen siete (7) Concejales titulares y cuatro (4) suplentes.
4.- Distritos Electorales de BaraderoChascomús, General Alvarado, General Villegas, Lobos, Villa Gesell, Patagones, Ramallo, Saladillo, Salto y Villarino eligen ocho (8) concejales titulares y cinco (5) suplentes.
5.- Distritos Electorales de Balcarce, Bragado, Cañuelas, Lincoln, Marcos Paz, La Costa, San Vicente y Trenque Lauquen eligen nueve (9) Concejales titulares y seis (6) suplentes.
6.- Distritos Electorales de Berisso, Campana, General Rodríguez, Junín, Luján, Necochea, Presidente Perón y Zárate eligen diez (10) Concejales titulares y seis (6) suplentes.
7.- Distritos Electorales de Del Pilar, Escobar, Esteban Echeverría, Florencio Varela, José C. Paz y Moreno eligen doce (12) Concejales titulares y ocho (8) suplentes.
ARTÍCULO 2º - Remitir copia del presente decreto al Ministerio del Interior y Transporte, a la Cámara Nacional Electoral, a la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires y al Juzgado Federal con competencia Electoral de la ciudad de La Plata.
ARTÍCULO 3º - El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Gobierno.
ARTÍCULO 4º - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Alberto Pérez                                                             Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de                                                Gobernador
Gabinete de Ministros

Liga de Hockey de Gral. Villegas

Sábado 8 de junio se jugó la 4ta fecha de la Liga de Hockey.

Primera división
Eclipse 1 - La Lucila 0
Piedritas 2 - Cañada Seca 4
Sarmiento 2 - Charlone 1
Séptima división
Ingeniero 1 - Villegas Hockey Club 2
Sarmiento 0 - Charlone 7
Eclipse 1 - La Lucila 0
Piedritas 0 - Cañada Seca 1
Sexta división
Ingeniero 0 - Villegas Hockey Club 1 (Amistoso)
Piedritas 1 - Cañada Seca 0
Eclipse 1 - La Lucila 0
Domingo 9 de junio
7ma - Villegas Hockey Club 2 - Bunge 0
6ta - Villegas Hockey Club 0 - Bunge 0
1ra - Villegas Hockey Club 1 - Bunge 0

Campaña Nacional de Lucha contra el Frio

Bajo el lema "Frio Cero", el nodo Red Solidaria de Gral Villegas, estará juntando Ropa de Abrigo y Frazadas, sumándose a la campaña nacional que lleva a cabo la Red, depositándolas en las distintas iglesias de nuestra ciudad, las cuales serán las encargadas de repartirlas entre quienes mas lo necesiten.
A todos también les pedimos que nos den una mano difundiendo vía e-mail, en las redes sociales e incluso imprimiendo y colocando los afiches en distintos locales.
Queremos que nadie pase frio este invierno y evitar además cualquier muerte por dicha causa.

Regional de Rural Bike

Mas de 100 competidores se dieron cita en las instalaciones del Club Deportivo Blaquier, para la disputa de la 4º fecha del Regional. El clima se porto de maravillas, un sol radiante y poco viento, situación ideal para que se diera una carrera veloz, en un circuito que se presentaba firme y rápido.
Emilio Frías se quedo con la victoria en la 4º fecha del regional de Rural Bike disputada el domingo 9 de Junio en Blaquier (BA), el ciclista de Gral. Pico se impuso con autoridad estableciendo un amplia ventaja por sobre el resto, el podio lo completaron Pablo Escudero de Santa Rosa y Martín Molina de Villa Cañas, 1º y 2º en Master A, respectivamente, mientras que Frías también gano la Elite.. En Damas, Karina Aschemayer logró el triunfo, aventajando a Andrea Managó y Celeste Depaolo, todas de General Pico.


En las restantes categorías, los ganadores fueron:
Promocional Varones: Diego Cisneros (Gral. Pico)
Promocional Damas: Patricia Mandrile (Gral. Pico)
Juveniles: Santiago Serrano (Arenales)
Menores: Hernan Khum (Ed. Castex)
Máster B: Marcos Castello (San Gregorio)
Máster C: Omar Gobatto (Gral. Pico)
Máster D: Jose Luis Losada (San Gregorio)
Máster E: Hugo Miranda (Villegas)