I.- Horario:
El personal doméstico podrá concurrir a su lugar de
trabajo de lunes a sábado de 7:00 a 20:00hs.
II.- Medidas de Seguridad e higiene y distanciamiento
social:
A
los efectos de permitir el normal desarrollo del personal de empleo doméstico
se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Todos los ambientes deberán ser
ventilados, desinfectados e higienizados diariamente. Aquellos espacios que no cuenten con la ventilación
necesaria deberán ser restringidos en su uso.
b)
Deberá disponerse de un ámbito/espacio para higiene y cambiado del personal que
concurre a prestar servicios.
c) Deberá garantizarse
el respeto por la distancia interpersonal de 2 metros.
d) Garantizarle al personal la
provisión de alcohol en gel, diluido al 70%, o lavado de manos frecuente con
jabón respetando los protocolos de higiene y desinfección. Asimismo, el
personal deberá lavarse regularmente las manos extremando las medidas de
higiene.
e) Deberá obligatoriamente
utilizar el tapabocas y/o máscara facial adicionándose el uso de guantes de
nitrilo o látex.