viernes, 20 de enero de 2017

Villegas es el segundo municipio de la Cuarta Sección en recibir coparticipación provincial y el trigésimo quinto de toda la provincia

En el tema coparticipación se han publicado algunos artículos que parcializan el tema ubicándolo en un solo aspecto sin considerar la totalidad, polarizando expresiones de acuerdo a conveniencias: municipios que aumentaron y bajaron la coparticipación de un año a otro con números parciales (x ej. en oeste Rivadavia aumentó 5.62% y Villegas bajó 2.55%), sin expresar los % finales que le corresponden a cada uno o limitar las responsabilidades a algunas áreas de coparticipación. Esto es un sofisma, es decir un falso razonamiento intencionalmente encaminado a engañar o confundir a otro, con la apariencia de un buen razonamiento
Lo que pretendo es aclarar que la coparticipación es por Ley de 1987 con modificaciones ulteriores. La ley 10559/87 dice que las Municipalidades de la Provincia recibirán en concepto de coparticipación el 16,14% (dieciséis con catorce por ciento) del total de ingresos que percibe la Provincia en concepto de impuestos sobre los Ingresos Brutos no descentralizados al ámbito municipal, Impuesto Inmobiliario Urbano, Impuesto a los Automotores, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios y Coparticipación Federal de Impuestos".
El importe resultante de la aplicación de dicho porcentaje será distribuido:
- El 58% (cincuenta y ocho por ciento) entre todas las Municipalidades de acuerdo a lo siguiente: 62% por población, 23% por capacidad tributaria ponderada por la suma de las tasas que cobra y el 15% por superficie.
- El 37% en municipios con atención de la salud.
- El 5% (cinco por ciento) entre las Municipalidades que cubrieran servicios o funciones transferidas por aplicación del Decreto-Ley 9.347/79 y sus modificatorias
Por otro lado, las modificatorias de la ley incorporan una serie de coparticipaciones sobre el juego, la descentralización de impuestos, fondos para infraestructura, fondo educativo, que sería muy tedioso expresar en este artículo tipo por tipo, pero que se resumen en el cuadro que acompaña la nota.
CONCLUSION:
1.General Villegas es el segundo municipio de la Cuarta en coparticipación total, siendo el primero en coparticipación por descentralización, por encima en ambos casos de municipios grandes como Junín, Chivilcoy, Bragado y Nueve de Julio.
2.General Villegas es el único municipio de la 4ta. (salvo Chacabuco) que está por encima en coparticipación total en pesos sobre Municipios grandes de PBA, como Beriso, Ezeiza, Ituzaingó, Presidente Perón, Mercedes, San Nicolás, Ramallo entre los otros 100 municipios con menor coparticipación (2016).
3.Lo importante es dejar de chicanear, criticar sin fundamentación sólida y poner por encima de cuestiones de politiquería el bien común, elevándose todos juntos en proyectos comunes que beneficien a la población en el corto, mediano y largo plazo.
4.Para ello tanto el oficialismo como la oposición deben buscar "políticas de estado" locales.
5.Quienes, sean del partido que fuere, oficialistas y opositores, y tengan influencias y cargos en Nación y Provincia, deben colaborar para que estos objetivos se cumplan haciendo la mejor forma de hacer política, que es con obras y resultados para los ciudadanos, informando las actividades realizadas y aceptando el debate honesto y trasparente.

Fuente http://www.diarioactualidad.com/