miércoles, 12 de agosto de 2015

Respecto al proyecto del concejal Segretín para modificar la Ordenanza del Presupuesto 2015, la Ley Orgánica Municipal que dice en el Artículo 34

Respecto al proyecto del concejal Segretín para modificar la Ordenanza del Presupuesto 2015, la Ley Orgánica Municipal que dice en el Artículo 34
ART. 34"Todos los años, para el subsiguiente, el Concejo sancionará el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad.
Esta Ordenanza para su aprobación necesitará simple mayoría de votos de los Concejales presentes. Promulgado que sea el presupuesto, no podrá ser modificado sino por iniciativa del Departamento Ejecutivo".
Comentario: Reafirma la exclusividad de iniciativa para la reforma del Presupuesto en el Departamento Ejecutivo. La ley no requiere los dos tercios de los votos de los concejales para la sanción del Presupuesto. Esto puede ser así a fines de evitar las naturales maniobras dilatorias que pueden tener lugar frente a controversias políticas entre ambos departamentos.