lunes, 8 de septiembre de 2014

La Municipalidad comenzó la temporada de poda formativa 2014

Las tareas son realizadas por microempresas contratadas por la Municipalidad y capacitadas anualmente en “Poda y Conducción de Especies”. Aunque la poda selectiva comenzó en el mes de julio, el mayor volumen de cortes debe producirse semanas antes que llegue la primavera para favorecer el cicatrizado del árbol. Asimismo, el municipio adquirió una máquina para chipear las ramas de la poda, lo que aporta doble beneficio: el aserrín es utilizado como cobertura orgánica en el Relleno Sanitario y se disminuye la cantidad de viajes al transportar ramas en grandes volúmenes, haciendo más eficiente el trabajo.Como parte de las tareas de mantenimiento del patrimonio forestal del municipio, la Secretaría de Vivienda y Medio Ambiente de la Municipalidad de General Villegas comenzó, desde hace unas semanas, la temporada de poda formativa 2014 para la ciudad cabecera y los pueblos del partido. Este año se incorporaron nuevas microempresas de podadores con el fin de cubrir, en el menor tiempo posible, la mayor cantidad de barrios y localidades vecinas.
Las podas y extracciones son supervisadas por un profesional del área de Medio Ambiente y ejecutadas por personal de las empresas capacitadas.
Es importante mencionar que, en caso de ser necesario, no representa un problema insalvable intervenir un árbol en cualquier época del año. Sin embargo, se aconseja realizar la poda semanas antes que comience la primavera debido a que los cortes realizados hacia el final del invierno permiten el secado de las heridas evitando que se desarrollen plagas o enfermedades inducidas por el intenso movimiento de savia que puede generar secreción de jugos que atraen hongos e insectos.
Según la ley provincial 12.276 sancionada en el año 1999, la poda o erradicación de ejemplares se ve justificada en el caso que las especies presenten un estado sanitario deficitario, estén en estado de decrepitud, causen daños o importen peligro a personas o bienes por ser factible su caída o el desprendimiento de ramas.
Otra serie de características que amerita poda o extracción, sucede cuando se trata de especies que no son aptas para el arbolado público de zonas urbanas, cuando obstaculicen el trazado o realización de obras, la prestación de servicios públicos o provoque trastornos al tránsito de peatones o vehículos.
En el orden local, estas disposiciones están contenidas en la Ordenanza Nº 3977 que además fija multas por cada árbol que los vecinos poden sin la autorización correspondiente.