jueves, 2 de diciembre de 2021

Prohibición de arrojar agua a la vía pública

El Municipio de General Villegas a través de la Secretaría de Producción y Medio Ambiente recuerda a los vecinos la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 5760/2016 que en su artículo 68° por arrojar a la calle aguas servidas por cada vez, se aplicará multa de 100 a 1000 UF, ante la cantidad de habitantes de la Ciudad Cabecera que arrojan desde sus viviendas aguas servidas y desagotes de piletas hacia la vía pública en forma permanente.
Asimismo pone en conocimiento a la comunidad que permanentemente se reciben en las distintas dependencias reclamos de vecinos y contribuyentes por el incumplimiento de determinadas normas que alteran la normal convivencia y propician situaciones conflictivas entre los vecinos.
Igualmente, que se observan hechos e incumplimientos de la normativa vigente en desmedro de la salubridad y seguridad de la población.
El establecimiento de sanciones para determinadas conductas es una facultad comprendida por el Municipio y tiene por objeto intrínseco regular las relaciones vecinales y propender a una normal convivencia en el ámbito del Partido de General Villegas.