lunes, 23 de marzo de 2020

Comunicado de Prensa sobre la normativa vigente en el Partido de General Villegas

Conforme la normativa vigente, en el Partido de General Villegas los Supermercados tienen la obligación de permanecer abiertos en el horario comprendido entre las 7 y las 20hs. ➡️Los demás comercios permitidos podrán funcionar en el mismo rango horario, excepto estaciones de servicio y farmacias que seguirán con su cronograma habitual.
➡️ Los comercios permitidos y/o excepcionados son:
➡️ Aquellos relacionados con la venta de alimentos: Supermercados, Comercios de Proximidad (almacenes, rotiserías, carnicerías, panaderías, etc.). El Delibery de alimentos, productos de higiene e insumos de necesidad hasta las 0:30 hs., excepto medicamentos y/o cuestiones de fuerza mayor.
➡️Ferreterías, Veterinarias, Forrajeras expendio de garrafas, limpieza, actividades y servicios vinculados al agro (ventas de repuestos e insumos, talleres, lavaderos, etc.).
➡️En el caso de las actividades exceptuadas de la producción, distribución y comercialización agropecuaria e impostergables vinculadas con el comercio exterior requieren para el tránsito: ➡️Certificado para la circulación emitido por el empleador y/o contratante
➡️ Los profesionales con matricula o constancia de cuit:
➡️Productores con RENSPA o constancia de CUIT
➡️ Los choferes con la respectiva carta de porte o la guía de traslado de hacienda.
⚠️Asimismo, se debe cumplir con los protocolos establecidos que garanticen las condiciones de seguridad e higiene.
➡️Las recomendaciones o indicaciones fueron publicadas por la Secretaría de Producción y enviadas a todas las plantas de acopio, industrias y/o demás empresas de transporte de granos y hacienda.