lunes, 25 de junio de 2012

Plan de Recupero de Deuda 2012

Fue aprobada la Ordenanza 5149, mediante la cual se ofrece a los contribuyentes con deuda, un plan de facilidades de pago para la regularización de obligaciones fiscales. 
El anteproyecto, elaborado por la Directora de Rentas de la Municipalidad de General Villegas, Emma Segretín, y  aprobado en la 5º Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante el jueves 14 de junio, hacía hincapié en la necesidad de atender las demandas de los contribuyentes con deudas fiscales.
Mediante esta herramienta, podrán regularizarse las deudas municipales vencidas al31 de diciembre de 2011.
Requisitos
Será condición para acogerse al Plan de Regularización Tributaria establecido por la presente Ordenanza:
• La presentación de la solicitud de acogimiento, debidamente conformada por el contribuyente.
• Abonar la suma de $ 10,00 (diez pesos) en concepto de Derechos de Oficinas. Este importe no será exigido cuando el contribuyente opte por la  modalidad de pago al contado (una sola cuota).-
• El pago de las obligaciones devengadas o vencidas desde el 1º de enero de 2012 y hasta la fecha de la suscripción del Plan.
• Suscripción del reconocimiento de deuda, del acuerdo de pago respectivo y de toda documentación que requiera la Municipalidad.
• El importe de la cuota resultante del plan de pagos escogido para la cancelación de deuda no podrá ser inferior a $ 30.-

Modalidades de Pago
Se establecieron modalidades de pago para quienes  abonen la deuda determinada conforme a lo establecido en la presente ordenanza, a saber:
1- TASAS, DERECHOS, CONTRIBUCIONES, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS
a. CONTADO y HASTA DIEZ (10) CUOTAS, MENSUALES Y CONSECUTIVAS: Exención del 100% de los recargos, intereses y multas que correspondan según normativa vigente.  
b. HASTA DIECIOCHO (18) CUOTAS, MENSUALES Y CONSECUTIVAS: Exención del 70% de los recargos, intereses y multas que correspondan según normativa vigente, aplicándose un interés único sobre la deuda consolidada del 0.5% mensual.
c. HASTA VEINTICUATRO (24) CUOTAS, MENSUALES Y CONSECUTIVAS: Exención del 50% de los recargos, intereses y multas que correspondan según la normativa vigente, aplicándose un interés único sobre la deuda consolidada del 0.75% mensual.

2- IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES MUNICIPALIZADOS Y MULTAS POR CONTRAVENCIONES
a. CONTADO y HASTA SEIS (6) CUOTAS, MENSUALES Y CONSECUTIVAS: Exención del 100% de los recargos, intereses y multas que corresponda según  normativa vigente
b. HASTA DOCE (12) CUOTAS, MENSUALES Y CONSECUTIVAS: Exención del 70% de los recargos, intereses y multas que correspondan según la normativa vigente, aplicándose un interés único sobre la deuda consolidada del 0.5% mensual.
c. HASTA  DIECIOCHO (18) CUOTAS, MENSUALES Y CONSECUTIVAS: Exención del 50% de los recargos, intereses y multas que correspondan según la normativa vigente, aplicándose un interés único sobre la deuda consolidada del 0.75% mensual.

3- DERECHO DE CEMENTERIO
a. CONTADO y HASTA SEIS (6) CUOTAS, MENSUALES Y CONSECUTIVAS: Exención del 100% de los recargos, intereses y multas que correspondan según la normativa vigente.
b. HASTA DOCE (12) CUOTAS, MENSUALES Y CONSECUTIVAS: Exención del 80% de los recargos, intereses y multas que correspondan según la normativa vigente, aplicándose un interés único sobre la deuda consolidada del 0.5% mensual.

La Dirección de Rentas invita a los contribuyentes a acercarse a sus oficinas ubicadas en la Municipalidad, en el horario de 7 a 13, de lunes a viernes. Cumpla y benefíciese con el descuento por buen contribuyente.
Fuente:www.villegas.gov.ar