De conformidad con disposiciones del estatuto contenidas en los artículos 22 al 25 del Estatuto de la Liga de Futbol de General Villegas CONVOCASE A LOS SEÑORES DELEGADOS ASAMBLEISTAS A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, que se llevará a cabo el día, 28 de febrero de 2014 a las 21,00hs fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA:
1º) Consideración de la Memoria y Balance General, cuadro de pérdidas y ganancias correspondiente ejercicio año 2013.-
2º) Elección del Presidente de la Liga de Futbol de Gral Villegas, y -8- ocho Miembros para ocupar los siguientes cargos, Vice-Presidente, Secretario, Pro-Secretario, Tesorero, Pro-Tesorero, y -3- tres Vocales Titulares. Además se designarán -4- cuatro Vocales Suplentes de conformidad con el Art. 35 incisos a), b) y c). Y -5- cinco Revisores de cuentas -3-tres Titulares y -2-dos suplentes.-
3°) Elección del Tribunal de penas.
4º) Elaboración cálculo de recursos y presupuestos de gastos para nuevo ejercicio año 2014.- Aprobar aranceles, derecho apelación ante la liga $ 5.000.- Cuota mensual Mantenimiento Liga $ 800.- mensual - Transferencia Interclub $ 150.- Transferencia Interliga $ 300.- Mantenimiento Consejo Federal $ 150.- mensual.-
5º)Temas varios.
6º) Designación de 2 (dos) Delegados presentes para firmar juntamente con el Sr. Presidente, el Acta de la Asamblea.-
Art. 19: Todo club que no envía su Delegado a la Asamblea General Ordinaria de Constitución de Autoridades, sin causa debidamente justificada a satisfacción de la misma, perderá el derecho de representación por -1- UN AÑO ante dicho cuerpo.-
Asimismo los Sres Delegados deberán presentar notas oficiales de sus respectivos clubes con la autorización correspondiente de un Delegado Titular y un Suplente, presentando también nómina de COMISION DIRECTIVA actualizada y Balance general.-
Art. 24: La Asamblea General Ordinaria sesionará válidamente a la primera citación con la mitad mas uno de los Delegados Asambleistas.
Si no se reuniera este número a la hora señalada en la convocatoria sesionará válidamente con el número de Delegados presentes media hora después de la fijada en la citación.-
Art.60: Mensualmente la Instituciones deberán abonar sus cuotas por mantenimiento Liga y Consejo Federal en forma mensual.