
Dicha persona fue despedida por necesarias e ineludibles razones de reorganización administrativa de la entidad y se le abonó en forma íntegra y total la indemnización correspondiente, en el marco de legítimas atribuciones legales y estatutarias del Consejo de Administración.
En tal sentido, este Consejo lamenta profundamente los problemas, contratiempos e inquietudes que la medida de fuerza ocasionará a todos los asociados y confía seriamente que prime la razón y el respeto por los derechos de toda la comunidad, por sobre los intereses personales.
Por último cabe acotar, que sin perjuicio del debido respeto que este Consejo tiene por la actividad gremial, es claro que no podemos resignar el legítimo gobierno de la entidad, el que debe estar inspirado en los intereses del conjunto de nuestros asociados.
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN