La Secretaría de Promoción en aplicación de la Ordenanza Municipal 3977/03, comunica:
artículo 7º, se prohíbe a toda persona, empresa privada o estatal, efectuar cortes, despuntes, podas, talas o erradicación del arbolado público;
artículo 11º, la extracción o poda del arbolado Público fuera de las condiciones bajo las cuales esta Ordenanza autoriza, hará pasible a los infractores de una multa